Grupo Rovira Comercio Exterior
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El Grupo - UNDOKAY S.A.
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UNDOKAY S.A.
La Empresa inicia sus actividades en 1982, siempre formando parte del GRUPO ROVIRA

Sus actividades se pueden dividir en tres áreas bien diferenciadas: IMPORTACION, EXPORTACION, REPRESENTACIONES abarcando por lo tanto todos los espectros del comercio internacional.

Tanto desde Uruguay, como desde cualquier parte del mundo, buscamos el producto por usted solicitado, y a tráves de nuestra estructura nacional e internacional estamos en condiciones de colocarlo en su local, encargándonos de todos los trámites aduaneros, Exportación, Importación, embarque, retiro y entrega de la mercadería, facturación, venta, estudio de mercado, estudio de posibilidades, etc.-

También ofrecemos nuestro servicio a aquellas Empresas que, tanto por no estar habilitadas ó simplemente no desean hacerlo, exportando sus productos ó importándolos.

En la exportación, presentamos en el exterior aquellos productos de empresas nacionales que deseen promover sus artículos realizando los contactos pertinentes, difusión, envío de muestras y demás contactos para que la Empresa uruguaya a través de nuestra infraestructura esté representada en cualquier país del mundo.

Ya que nuestro personal organiza y/o concurre a Ferias Internacionales y Rondas de Negocios, promocionamos sus productos en dichos eventos.

Para abarcar las posibilidades al cliente, UNDOKAY S.A. posee todos los registros nacionales a saber:
Contaduría General de la Nación, Reg. Gral. de Proveedores
M.G.A.P., protección agrícola
M.G.A.P., DICOSE
Ministerio de Economía y Finanzas, comerciante Exportador
Ministerio de Economía y Finanzas, representante de firmas extranjeras
Ministerio de Salud Pública, suministros y material medico
Ministerio del Interior
Jefatura de Policía de Montevideo
Intendencia General de Policía,Adquisiciones y Planeamiento, Proveedor
A.N.C.A.P., Proveedor
Dirección Gral. de Aviación Civil
I.M.M. proveedor
Promoexport (LATU)
Union de Exportadores del Uruguay
Dirección Nacional de Aduanas

Aprovisionamiento para consumo a bordo de naves y aeronaves
Definición: Tal como surge de nuestro Código Aduanero (CAU) las naves y aeronaves de bandera extranjera y nacional (en este último caso con ciertas limitaciones) surtas en los puertos y aeropuertos nacionales podrán realizar su abastecimiento con mercaderías de procedencia extranjera almacenadas en tránsito en los depósitos fiscales y particulares habilitados al efecto, libres de todo tributo aduanero, en la forma, condiciones y limitaciones que lo establezca la reglamentación correspondiente (CAU - artículos 134 y 135).

Adicionalmente las provisiones de boca y demás artículos detallados en la Lista de Provisiones, cuando sean nacionalizados o de producción nacional, podrán ser embarcados libres de todo tributo, sin restricción alguna (CAU - artículo 136).

Documentación y trámite: Para la realización de las operaciones indicadas anteriormente será necesario tramitar el Permiso de Abastecimiento para Consumo Abordo. Dicho permiso tal como lo establece el inciso 9 del Decreto 200/990 (modificado por el Decreto 463/003), deberá ser presentado por una firma inscripta en el Registro de Proveedores Marítimos.

Mercaderías autorizadas para aprovisionamiento: En función de lo establecido en el decreto reglamentario de esta actividad podemos destacar los siguientes artículos:
a) Comestibles, bebidas, cigarrillos, cigarros y tabacos envasados;
b) Jabones, perfumes y cosméticos en general;
c) Productos medicinales, libros y papeles;
d) Combustibles y lubricantes;
e) Artículos destinados a la desinfección e higienización de las naves y aeronaves;
f) Materiales destinados al mantenimiento de naves y aeronaves o a su equipamiento;
g) Artículos necesarios, para el alhajamiento o menaje de la nave o aeronave.

Aprovisionamiento de naves - IVA – COFIS: Cuando corresponda, el aprovisionamiento de bienes a buques o aeronaves, se constituirá en exportación de servicios, no estando condicionada a que el titular de los bienes sea el Proveedor Marítimo, sino que obligatoriamente le corresponderá actuar como figura auxiliar de la actividad. Si bien como vimos anteriormente su intervención es preceptiva, no se exige que sea titular de los bienes que se proveen a la nave en un sentido general.

GRUPO ROVIRA: Siguiendo con su visión global de “logística en comercio exterior” incorporó el servicio de Proveeduría Marítima, poniéndose desde ya a disposición de sus clientes para el asesoramiento en la materia.





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